Conservaciones

Conforme a las NIP vigentes, el proceso de conservación corresponde a toda “acción tendiente a mantener o restituir la capacidad operativa de un servicio o infraestructura existente”, sin que la inversión llegue a constituir un proceso especifico distinto al de conservación. Por tanto, las acciones de conservación no pueden incrementar la capacidad operativa de un servicio o infraestructura existente, ni generar nuevos servicios o infraestructuras.

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